Antecedentes y contexto legislativo
El 11 de marzo de 2026, la Cámara de Diputados rechazó la reforma electoral impulsada por la Presidenta Claudia Sheinbaum, conocida posteriormente como el “Plan A”. La votación marcó la primera ocasión en que el PT y el PVEM se apartaron de MORENA en una iniciativa promovida por el Ejecutivo Federal. La principal diferencia se centró en la propuesta para modificar el sistema de representación proporcional, un mecanismo que ambos partidos consideran fundamental para mantener parte de su representación en el Congreso.
Tras ese resultado, seis días después la Presidenta Claudia Sheinbaum envió al Senado una nueva propuesta de reforma electoral, conocida como el “Plan B”. A diferencia de la iniciativa original, esta versión dejó fuera los cambios al sistema de representación proporcional y concentró sus modificaciones en la reducción de los presupuestos de las legislaturas locales, los ayuntamientos y los organismos electorales, además de incorporar otras medidas.
Contenido de la reforma: tope del 0.70% en el gasto legislativo local
Uno de los cambios más relevantes se incorporó al artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La reforma establece que las constituciones estatales deberán garantizar que el presupuesto anual de las legislaturas locales no exceda del 0.70% del presupuesto de egresos de cada entidad. También prohíbe la reelección inmediata de las diputaciones locales e incorpora criterios de paridad, igualdad sustantiva y perspectiva de género en la integración de las legislaturas.
Además, la reforma modificó el artículo 134 constitucional para limitar las remuneraciones de las personas titulares y altos mandos del INE, los organismos públicos locales electorales y los tribunales electorales. También les prohíbe contratar con recursos públicos seguros de gastos médicos, de vida o de pensiones privadas, cajas de ahorro especiales y otras prestaciones no previstas en la normativa aplicable. A ello se suma el límite de una sindicatura y hasta 15 regidurías por ayuntamiento, así como la reducción gradual de 15% al presupuesto del Senado durante cuatro ejercicios fiscales.
El decreto fijó el 30 de mayo de 2026 como fecha límite para que los congresos locales armonizaran sus constituciones y leyes con la reforma federal. A partir de esa fecha puede evaluarse qué entidades cumplieron en tiempo, cuáles aprobaron después del plazo y cuáles continúan pendientes de concluir su adecuación normativa.
Velocidad de aprobación: análisis del proceso legislativo en los congresos locales
Al tratarse de una reforma constitucional, el “Plan B” debía seguir el procedimiento previsto en el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que exige la aprobación de la mayoría de las legislaturas estatales, es decir, al menos 17 de los 32 congresos locales, para que la reforma pueda ser declarada constitucional y publicada. Para este trabajo, el análisis se concentró en la etapa de aprobación por los congresos locales. En específico, se midió el tiempo transcurrido entre el momento en que la minuta fue remitida por el Congreso de la Unión a las legislaturas estatales y la aprobación del congreso local número 17, con la que se cumplió el requisito previsto en el artículo 135 constitucional.
El resultado muestra que el “Plan B” alcanzó ese umbral en 12 horas, lo que la convierte en una de las reformas constitucionales aprobadas con mayor rapidez en los últimos años y sugiere un alto nivel de coordinación política entre la mayoría legislativa federal y los congresos locales.
Como referencia, a continuación, se compara el tiempo que requirieron las principales reformas constitucionales impulsadas durante las administraciones de la Cuarta Transformación para obtener la aprobación de los congresos locales.
| Reforma Constitucional | Fecha de turno a los congresos | Fecha de aval de 17 congresos | Tiempo de ratificación |
| “Plan B” (2026) | 9 abril | 9 abril | 12 horas |
| Supremacía constitucional (2024) | 30 oct | 31 oct | Menos de 24 horas |
| Reforma judicial (2024) | 11 sep | 12 sep | 1 día (aprox.) |
| Guardia Nacional (2024) | 25 sep | 26 sep | 1 día (aprox.) |
| Extinción de órganos autónomos (2024) | 28 nov | 30 nov | 2 días (aprox.) |
| No reelección y nepotismo (2025) | 4 mar | 11 mar | 1 semana (aprox.) |
Tabla 1. Velocidad de aprobación de las reformas constitucionales
Como puede observarse, los tiempos de aprobación reflejan un procesamiento legislativo muy rápido en los congresos locales. La minuta comenzó a ser procesada desde la madrugada del 9 de abril y ese mismo día obtuvo el respaldo de la mayoría de las legislaturas estatales. Tabasco fue el primer congreso local en avalarla; la votación se realizó en menos de diez minutos. En las horas siguientes se sumaron Oaxaca, Quintana Roo y Chiapas, mientras que Puebla desahogó el trámite completo (desde el turno a comisión hasta la votación en el Pleno) en menos de tres horas. Al concluir la jornada, la reforma ya había obtenido el respaldo de 17 congresos locales.
Como muestra el comparativo, el “Plan B” registró el proceso de ratificación más rápido entre las principales reformas constitucionales impulsadas durante las administraciones de la Cuarta Transformación. La reforma obtuvo el respaldo de 17 congresos locales en 12 horas, por debajo de la reforma sobre supremacía constitucional, la reforma judicial, la Guardia Nacional, la extinción de órganos autónomos y la reforma en materia de no reelección y nepotismo. Más que un dato de velocidad, esta secuencia de aprobaciones es consistente con un elevado nivel de coordinación política entre la mayoría legislativa federal y los congresos locales.
Avance del proceso de homologación a nivel estatal

En color rojo, los estados con reforma constitucional o secundaria aprobada y/o publicada en el Periódico Oficial; en color gris, aquellos con legislación pendiente de aprobarse
Mapa 1. Avance del proceso de homologación a nivel estatal
El presente mapa muestra el avance del proceso de homologación a nivel estatal. Cabe destacar que 20 entidades han avanzado en la modificación de sus Constituciones o leyes secundarias para dar cumplimiento a lo establecido en la reforma. Sin embargo, 12 estados aún no han modificado sus marcos normativos, incumpliendo así lo dispuesto en el artículo SEGUNDO transitorio del decreto, el cual fija como fecha límite el 30 de mayo para dicha homologación.
Este mapa constituye otro indicador relevante para reflexionar sobre la relación entre los poderes federales y locales dentro de un mismo movimiento político. Permite observar que, si bien la narrativa a nivel federal gira en torno al recorte del presupuesto del poder legislativo local, ciertos estados, incluso aquellos afines al poder federal, no se han homologado. Esto puede explicarse por múltiples razones; una de ellas, a partir de lo mostrado por el mapa, podría estar relacionada con la existencia de recortes significativos al presupuesto propio del congreso local, lo que implicaría ajustes administrativos o de otra índole que pudieran afectar el funcionamiento del poder legislativo.
Análisis del impacto presupuestal

Gráfica 1. Porcentaje del presupuesto del Congreso
Nota: Millones (mdp) = 0.001 miles de millones de pesos (mil mdp).
Fuente: Elaborado con información de los Presupuestos de Egresos 2026 de los gobiernos estatales y de los decretos de presupuesto de los congresos locales.
La gráfica anterior compara, para 16 entidades, el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal 2026, el presupuesto asignado a sus congresos locales para ese mismo año y el porcentaje que este último representa respecto del gasto total estatal. No se incluyeron las 32 entidades federativas debido a que la selección de estas 16 combinó criterios de afinidad o distanciamiento político con el Gobierno federal, de aprobación u omisión de la reforma y, sobre todo, del nivel de transparencia de cada congreso, con el propósito de que el ejercicio reflejara escenarios distintos y no solo los casos más visibles.
De las 16 entidades analizadas, ocho destinan hoy más del 0.70% de su Presupuesto de Egresos al Poder Legislativo, por lo que, de mantenerse esos niveles de asignación, tendrían que ajustar su gasto para cumplir con el nuevo límite constitucional. Morelos (1.73%), Baja California Sur (1.21%), Durango (1.13%) y Michoacán (1.12%) encabezan esa lista. En el extremo opuesto, Yucatán (0.52%), el Estado de México (0.57%) y Oaxaca (0.57%) son las entidades que, en términos relativos, menos recursos destinan a sus congresos.
Un dato que merece atención, y que la gráfica permite observar mejor que cualquier lista de porcentajes, es que ese peso relativo no guarda relación directa con el tamaño del presupuesto estatal. El Estado de México maneja el presupuesto de egresos más alto de las 16 entidades (410.3 miles de millones de pesos) y, aun así, destina a su congreso apenas el 0.57%; Baja California Sur, con el presupuesto más pequeño del grupo (26.9 miles de millones), le asigna proporcionalmente más del doble (1.21%). Dicho de otro modo, ser un estado con más recursos no implica necesariamente un congreso local con mayor peso presupuestal, lo que sugiere que la proporción actual responde más a decisiones históricas y arreglos políticos locales que a una lógica de proporcionalidad entre el tamaño de la entidad y el de su poder legislativo.
Para las entidades que hoy exceden el límite del 0.70%, la adecuación presupuestal podría traducirse en una reducción del gasto operativo, la reestructuración de áreas administrativas, la racionalización de servicios de apoyo y la postergación de proyectos de modernización o inversión, según las decisiones que adopte cada legislatura.
Conclusiones
Entre los principales hallazgos de este trabajo destaca que la reforma admite más de una interpretación, lo que abre un margen de incertidumbre considerable sobre su alcance real. El nuevo texto del artículo 116 establece que el límite presupuestal será aplicable a las “legislaturas locales”, y el mismo artículo señala que estas legislaturas contarán con entidades de fiscalización dotadas de autonomía técnica.
Esa redacción permite pensar que el ajuste presupuestal no recaería únicamente sobre los congresos locales (que es el énfasis que ha dado la narrativa oficial), sino también sobre sus órganos de fiscalización, en tanto que forman parte de la misma estructura legislativa. La reforma, sin embargo, no lo aclara de manera expresa, de modo que la duda sobre el alcance real del recorte queda abierta hasta que cada entidad defina cómo lo interpreta.
La pregunta no es menor: el órgano de fiscalización es, precisamente, el encargado de vigilar el uso de los recursos públicos, de modo que una reducción en su propio presupuesto podría debilitar su capacidad de operación y, con ello, la eficacia de los mecanismos de control y rendición de cuentas que se supone debe garantizar.
Incluso si el ajuste recayera exclusivamente sobre los congresos, la lectura más favorable a la reforma, varias funciones institucionales podrían resentirse. Entre ellas, las relacionadas con la transparencia, que requieren personal y recursos suficientes para operar. Algunos congresos ya presentan deficiencias en esta materia, por lo que, un recorte presupuestal adicional podría acentuarlas y dificultar todavía más el cumplimiento de sus obligaciones en materia de acceso a la información y rendición de cuentas.
Vistos en conjunto, los tres datos que arroja este trabajo: una aprobación constitucional resuelta en 12 horas; un proceso de homologación estatal que doce entidades aún no concluyen; y un ajuste presupuestal que ocho de los dieciséis congresos analizados tendrían que asumir describen una secuencia que deja pendiente la pregunta de fondo sobre si el objetivo declarado de fortalecer la disciplina en el gasto legislativo local se logra con la sola fijación de un tope numérico, o si el resultado dependerá, en última instancia, de qué tan dispuesto esté cada congreso, y cada órgano de fiscalización, a aplicarlo sobre sí mismo.
Este texto fue escrito por Francisco Muñoz, Analista de Información Estratégica Estatal, y Miguel Soto, Coordinador de Información Estratégica Estatal en Grupo Estrategia Política.
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