Parte II
En septiembre del 2024, México dio un paso que ha tenido diversos efectos en los cimientos de su sistema de justicia. Aprobó una reforma constitucional que redefine el Poder Judicial y, con ello, el equilibrio entre poder, justicia y economía. No se trata únicamente de ajustes técnicos, sino de una transformación profunda que toca las reglas que sostuvieron por décadas al Estado de derecho. Los cambios son contundentes: la elección popular de ministros, magistrados y jueces; la reducción de la Suprema Corte de once a nueve ministros; la desaparición de órganos técnicos para la formación y carrera judicial; y la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial facultado para revisar resoluciones.
En este contexto, vemos que la reforma tiene implicaciones diversas en tribunales y abogados, pero también en empresas, inversionistas y mercados, pues estos requieren, para el ejercicio óptimo de sus operaciones, certeza jurídica. El discurso que sustenta a las modificaciones busca acercar la justicia a las personas; no obstante, algunos aspectos de su diseño han generado preocupaciones. A manera de ejemplo, los especialistas señalan que la elección popular de juzgadores podría abrir la puerta a una cierta politización de la justicia en la función judicial, aportando limitadamente a la atención de los problemas estructurales de impunidad que prevalecen en el país.
Se identifican, a grandes rasgos, dos frentes en la reforma: uno que plantea mejorar la impartición y el acceso a la justicia, y otro que advierte un antecedente de confrontación política con el Poder Judicial. En este contexto, la respuesta que la Secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, ofreció al senador Clemente Castañeda, al aludir a intentos de frenar proyectos gubernamentales como obras públicas y políticas de bienestar, ha sido interpretada por algunos actores como un indicio de que una parte del oficialismo podría coincidir con esta segunda lectura:
“Este cambio era indispensable para cerrar el paso a diversas formas de injusticia, de corrupción, de delincuencia organizada y de delincuencia de cuello blanco, hay que decirlo con todas sus letras, porque es la queja más frecuente de la población, los excesos en el Poder Judicial.
Sus integrantes emitieron resoluciones y amparos frenando la aplicación de leyes diseñadas para beneficiar a la sociedad y para garantizar los derechos de la ciudadanía.
Intentaron cientos de veces, miles de veces, paralizar proyectos importantes como obras públicas, políticas de bienestar.
También retrasaron la emisión de resoluciones y sentencias, generando impunidad y negando el acceso a la justicia.
Además, durante años, muchos de los que juraron servir a la nación no lo hicieron[…]” . (Senado de la República, 2025)
“A confesión de parte, relevo de prueba.” Es una máxima que establece que, si una de las partes en un proceso legal reconoce voluntariamente un hecho, la otra parte queda exenta de probarlo. En ese sentido, dado que del contenido de la reforma no se advierten elementos orientados a potenciar el acceso a la justicia o a combatir los niveles de impunidad, sino más bien, está contaminada por incentivos políticos -tal y como lo reconoció la Secretaria de Gobernación en su comparecencia ante el Senado- lo ideal es centrar la discusión ya no en las causas que la motivaron, sino más bien, en la manera adecuada de operar dentro del nuevo Sistema de Impartición de Justicia que se construyó.
Luego entonces, como usuarios del sistema hay que trazarnos continuamente distintas interrogantes con la intención de enriquecer al sistema judicial. A manera de ejemplo:
- ¿Cómo debemos plantear hoy nuestros litigios ante juzgadores potencialmente expuestos a incentivos políticos además de los constitucionales?
- ¿De qué manera se puede fortalecer la defensa de casos fiscales en un sistema que interpreta de forma distinta principios constitucionales como la proporcionalidad y la equidad?
- ¿Cómo podemos construir una relación efectiva con una Judicatura que continuará enviando señales relevantes de certeza a los inversionistas internacionales y al entorno de negocios en el país?, y
- ¿Cuál es la mejor forma de vincularnos con una realidad institucional que, previsiblemente, no se modificará en el corto plazo?
Con lo anterior, observamos tres dimensiones potenciales de participación permanente:
- Monitorear el contexto para identificar tendencias decisionales a fin de anticipar impactos y prevenir riesgos y externalidades.
- Mantener contacto con inteligencias en materia judicial a fin de comprender de manera más completa cómo se relaciona la Judicatura con los otros Poderes de la Unión. En esta nueva realidad, las agendas, posicionamientos y perfiles de las personas juzgadoras se convierten en insumos valiosos para el diseño e implementación de estrategias de asuntos públicos más efectivas.
- Acompañar políticamente las estrategias legales. En un contexto donde los nuevos juzgadores podrían enfrentar presiones de naturaleza política, resulta necesario adaptar la forma de construir la argumentación en tribunales. Una articulación cuidadosa entre consideraciones jurídicas y elementos de inteligencia política ofrece un camino adecuado para fortalecer la efectividad de las estrategias legales.
El Derecho está hecho de palabras que envuelven contenido técnico especializado. A través de las palabras los abogados presentan consideraciones legales destinadas a convencer a los jueces que les asiste la razón. Esa premisa era consistente con el esquema previo de impartición de justicia, en el que los juzgadores de carrera resolvían los casos con base en criterios predominantemente técnicos y constitucionales. En el contexto actual, el papel de los litigantes implica articular argumentos que vinculen hechos y pruebas con las perspectivas interpretativas de los nuevos jueces.
Conceptos como “legalidad”, “certeza”, “Estado de derecho” o “irretroactividad” requieren nuevas precisiones para armonizarse con los valores que orientan la actuación institucional. Comprender políticamente al Poder Judicial, replantear los “agravios” como “argumentos” que incorporen el sentido social de la justicia y combinar enfoques jurídicos con consideraciones de política pública parecen ser ajustes necesarios para desenvolverse en esta nueva etapa.
Referencias:
Senado de la República. (2025, 30 de septiembre). Versión estenográfica de la sesión del 30 de septiembre de 2025 [Transcripción en línea]. https://www.senado.gob.mx/66/version_estenografica/2025_09_30/2549
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